- El Congreso mexiquense avaló reformas para regular el equilibrio ecológico, la protección al Patrimonio Natural y Biocultural del Estado de México, así como el fomento al desarrollo sostenible.
El Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 30 de Junio del 2025.- Para proteger legalmente a los ecosistemas, paisajes, especies, saberes tradicionales, prácticas culturales y expresiones materiales o inmateriales de la entidad, la LXII Legislatura mexiquense incorporó la figura de “Patrimonio Natural y Biocultural” en el marco jurídico, con lo que también se busca la ampliación del catálogo de espacios naturales protegidos, así como fortalecer su prevención, conservación y restauración, y fomentar su uso sostenible.
En este sentido, la legisladora Susana
Estrada explicó que la reforma ayuda a garantizar agua limpia, aire puro y
justicia para las futuras generaciones en todo el territorio mexiquense.
Además, valoró el consenso con el PVEM para enriquecer la iniciativa, pues
demuestra que, cuando el medio ambiente es prioridad, las coincidencias y las
alianzas cobran fuerza.
Las modificaciones al Código para la
Biodiversidad y a la Ley Orgánica de la Administración Pública, ambas
estatales, indican que se definirá como “Patrimonio Ambiental y Biocultural” al
conjunto de áreas naturales constituidas por ambientes biológicos, geológicos,
fisiográficos, yacimientos paleontológicos y otros elementos dentro del
territorio estatal con valor ambiental, importancia cultural y belleza
paisajística.
Estas áreas son objeto de
protección legal para garantizar su preservación en términos de la normatividad
aplicable y que constituyen el hábitat natural de las especies de flora y fauna
de la entidad.
El dictamen destaca que la reforma, además de
coadyuvar a la regulación del equilibrio ecológico y la protección al
Patrimonio Natural y Biocultural del Estado de México, reconoce a este
patrimonio como base para el desarrollo sostenible, la justicia ambiental y la
equidad intergeneracional.
Además, señala que las secretarías del Medio
Ambiente y Desarrollo Sostenible, y de Cultura y Turismo, y los ayuntamientos,
promoverán la gestión comunitaria de este patrimonio, así como la transmisión
intergeneracional de los saberes asociados a su conservación.
Como elementos del patrimonio se establecen:
fenómenos naturales de belleza o importancia estética; ecosistemas con procesos
ecológicos o biológicos en curso; regiones con etapas de la historia geológica
o evolución de la tierra; paisajes naturales que ilustran alguna etapa
histórica de la comunidad; asentamiento humano representativo de una cultura, o
de la interacción humana con el medio ambiente, especialmente cuando este se ha
vuelto vulnerable al impacto de un cambio irreversible; sitios con asociaciones
vivas entre naturaleza y cultura; y conocimientos, lenguas, tecnologías,
prácticas o expresiones culturales asociadas a la conservación o
aprovechamiento sustentable de la naturaleza.
La alteración grave, destrucción o
aprovechamiento ilegal de los elementos señalados será sancionada conforme a lo
establecido en el Código y demás disposiciones aplicables, que consideran
apercibimiento, amonestación o multa; clausura temporal o definitiva, total o
parcial; arresto administrativo hasta por 36 horas; la incautación de los
instrumentos, ejemplares, productos o subproductos
directamente relacionados con infracciones
relativas a recursos forestales o especies de flora y fauna silvestre; la
suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o
autorizaciones correspondientes o la reparación del daño y deterioro ambiental.
En los artículos transitorios se menciona que
la Secretaría de Cultura y Turismo coadyuvará en su ámbito de competencia con
la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible en la integración del
Catálogo Estatal del Patrimonio Natural y Biocultural del Estado de México con
base al reconocimiento de las autoridades municipales.
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