Toponimios

Gobierno ixtapaluquense aprueba “Ley de Paternidad”

  • Esta ley permitirá que el padre tenga la oportunidad de faltar a sus labores para atender, el nacimiento y crecimiento de su hijo o hija.

Reporte/Escarlata
Ixtapaluca, Edoméx.- 5 octubre del 2017- Durante la cuarta sesión, integrantes del Sistema Municipal para la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, aprobaron aprobaron la licencia de paternidad y el reglamento de acoso, hostigamiento sexual y laboral, para esta administración.

Esta ley permitirá que el padre tenga la oportunidad de faltar a sus labores para atender, el nacimiento y crecimiento de su hijo o hija. El servidor público podrá gozar de diez días, en caso de que el parto sea normal, de cinco más en el caso de múltiple o cesárea, y hasta ocho días más, en caso de que el parto sea prematuro, en cualquiera de los casos se contabilizará únicamente los días hábiles y se gozará de su sueldo íntegro.
Para el parto de alto riesgo, debe ser comprobado y podrá gozar de hasta cinco días hábiles con sueldo íntegro para acompañar a su esposa. Si durante el parto o a causa de este fallece la madre, el padre podrá disponer de treinta días hábiles con goce de sueldo para el cuidado del recién nacido.
Asimismo, podrá gozar con el permiso para acompañar a su pareja en caso de hospitalización por embarazo de alto riesgo, el cual comenzará a partir de que se compruebe con documentos de hospitalización.
Vanessa Ferrer Moreno, encargada del Instituto para la Protección de los Derechos de las Mujeres (IPDM) indicó que esta norma se hace con el propósito de que el padre se involucre en el desarrollo de su hijo, por lo tanto, para los que requieran este permiso, las dependencias a las que pertenecen, deberán mandar un oficio a la dirección de Recursos Humanos y después al IPDM, para que reciban la capacitación correspondiente.
Para gozar del permiso de paternidad otorgado por el Ayuntamiento, el interesado deberá asistir obligatoriamente al taller de sensibilización junto con la mamá de su hijo o hija, el cual se impartirá previo al parto.
Esta norma también va dirigida a las personas de la diversidad sexual, que en caso que hagan uso de su derecho a una adopción, también gozarán a esta ley para que puedan tener una adaptación y una unión familiar. Por lo que, la encargada del IPDM informó que en estos casos, para las mujeres son 45 días para faltar a sus labores y cinco días para hombres, ya que esta norma está basada con la Ley de Federal de Trabajo, pero si los integrantes de la mesa de trabajo piden que se encuentre equitativa esta ley, se realizarán nuevas sesiones.
Durante la mesa de trabajo se llegó al acuerdo que si el servidor público sufre de la pérdida de su pareja, hijos o hijas (en caso de que sea casado), padre o madre (si es soltero o soltera), podrá disponer de treinta días hábiles con goce de sueldo íntegro.
Para que la ley de paternidad pueda tener su función, la dirección de Recursos Humanos deberá integrarla al reglamento de recursos humanos para que los servidores públicos puedan hacer uso de esta normatividad.


Share on Google Plus

About El Escarlata

0 comentarios:

Publicar un comentario