- Esta ley permitirá que el padre tenga la oportunidad de faltar a sus labores para atender, el nacimiento y crecimiento de su hijo o hija.
Reporte/Escarlata
Ixtapaluca, Edoméx.- 5
octubre del 2017- Durante la cuarta
sesión, integrantes del Sistema Municipal para
la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres y para Prevenir,
Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, aprobaron aprobaron
la licencia de paternidad y el reglamento de acoso, hostigamiento sexual y
laboral, para esta administración.
Esta
ley permitirá que el padre tenga la oportunidad de faltar a sus labores para
atender, el nacimiento y crecimiento de su hijo o hija. El servidor público
podrá gozar de diez días, en caso de que el parto sea normal, de cinco más en
el caso de múltiple o cesárea, y hasta ocho días más, en caso de que el parto
sea prematuro, en cualquiera de los casos se contabilizará únicamente los días
hábiles y se gozará de su sueldo íntegro.
Para
el parto de alto riesgo, debe ser comprobado y podrá gozar de hasta cinco días
hábiles con sueldo íntegro para acompañar a su esposa. Si durante el parto o a
causa de este fallece la madre, el padre podrá disponer de treinta días hábiles
con goce de sueldo para el cuidado del recién nacido.
Asimismo,
podrá gozar con el permiso para acompañar a su pareja en caso de
hospitalización por embarazo de alto riesgo, el cual comenzará a partir de que
se compruebe con documentos de hospitalización.
Vanessa
Ferrer Moreno, encargada del Instituto para la Protección de los Derechos de
las Mujeres (IPDM) indicó que esta norma se hace con el propósito de que el
padre se involucre en el desarrollo de su hijo, por lo tanto, para los que
requieran este permiso, las dependencias a las que pertenecen, deberán mandar
un oficio a la dirección de Recursos Humanos y después al IPDM, para que
reciban la capacitación correspondiente.
Para
gozar del permiso de paternidad otorgado por el Ayuntamiento, el interesado
deberá asistir obligatoriamente al taller de sensibilización junto con la mamá
de su hijo o hija, el cual se impartirá previo al parto.
Esta
norma también va dirigida a las personas de la diversidad sexual, que en caso
que hagan uso de su derecho a una adopción, también gozarán a esta ley para que
puedan tener una adaptación y una unión familiar. Por lo que, la encargada del
IPDM informó que en estos casos, para las mujeres son 45 días para faltar a sus
labores y cinco días para hombres, ya que esta norma está basada con la Ley de
Federal de Trabajo, pero si los integrantes de la mesa de trabajo piden que se
encuentre equitativa esta ley, se realizarán nuevas sesiones.
Durante
la mesa de trabajo se llegó al acuerdo que si el servidor público sufre de la
pérdida de su pareja, hijos o hijas (en caso de que sea casado), padre o madre
(si es soltero o soltera), podrá disponer de treinta días hábiles con goce de
sueldo íntegro.
Para
que la ley de paternidad pueda tener su función, la dirección de Recursos
Humanos deberá integrarla al reglamento de recursos humanos para que los
servidores públicos puedan hacer uso de esta normatividad.
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