- Las dos iniciativas del gobernador Alfredo del Mazo Maza buscan armonizar la normatividad estatal con la Carta Magna respecto a las funciones de los niveles de gobierno en materia de seguridad y sobre las bases jurídicas de las instituciones y de la carrera policial.
Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 31 de julio
del 2019- En sesión del Tercer Periodo Ordinario presidido por la diputada
Violeta Nova Gómez (MORENA), la 60 Legislatura del Estado de México recibió dos
iniciativas del gobernador Alfredo del Mazo Maza para armonizar la normatividad
estatal con la Carta Magna respecto a las funciones de los niveles de gobierno
en materia de seguridad y sobre las bases jurídicas de las instituciones y de
la carrera policial.
Leída por la diputada Imelda López Montiel (PT) la primera
iniciativa se refiere a la reforma al primer párrafo del artículo 86 Bis de la
Constitución Política estatal, para establecer que la seguridad pública es una
función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas y los
municipios, lo cual dará congruencia a las disposiciones de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Actualmente la normatividad marca que la seguridad pública en la
entidad es una función a cargo del estado y los municipios, por lo que no
incluye a la federación.
Con
la iniciativa se dará respuesta al decreto del 29 de marzo de 2019, publicado
en el Diario Oficial de la Federación, que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Constitución federal en materia de Guardia Nacional, en el
cual se redefinió a la seguridad pública como una función del Estado a cargo de
la federación, las entidades y los municipios, y cuyos fines son salvaguardar
la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de los mexicanos.
La
segunda iniciativa, leída por el diputado Margarito González Morales (MORENA),
plantea reformar los artículos 2 y 140 de la Ley de Seguridad del Estado de
México para que las instituciones de seguridad pública cuenten con bases
jurídicas para otorgar la certeza y confianza que la sociedad mexiquense
requiere, así como sentar las bases sobre las que se regirá la carrera policial
de los integrantes de las instituciones policiales en la entidad.
La
modificación al artículo 2 de dicha ley propone que la seguridad pública sea
una función del Estado a cargo de la federación, las entidades federativas, los
municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, ya que la normatividad
vigente solo indica que la seguridad pública es una función a cargo del estado
y los municipios.
Las
modificaciones al artículo 140 proponen una adhesión para que en la definición
de ‘Carrera Policial’ se establezca que es un sistema en el que los integrantes
de las instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en
el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al
imperio de la ley, al mando superior y, en lo conducente, a la perspectiva de
género.
Este
artículo actualmente solo incluye la definición de “Carrera Policial”, a la
cual cita como “el sistema de carácter obligatorio y permanente, conforme al
cual se establecen los amientos que definen los procedimientos de
reclutamiento, selección, ingreso, formación, certificación, permanencia,
evaluación, promoción y reconocimiento; así como la separación o baja del
servicio de los integrantes de las instituciones policiales”.
Con
ambas iniciativas, establecen los documentos, se logrará una adecuada
planeación y conducción de las actividades de la Secretaría de Seguridad en la entidad.
Para
su dictamen ambas iniciativas fueron enviadas a las comisiones de Gobernación y
Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública y Tránsito.
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