- Adiciona un artículo transitorio, para regular funciones de cuerpos auxiliares de seguridad.
Toluca, Edo. Méx.- 11 de octubre.- Legisladores locales aprobaron por unanimidad en
Comisiones Unidas, la Ley de Seguridad del Estado de México, cuyo análisis
concluyó al avalar los 35 artículos reservados, así como la adición de un
artículo transitorio para consolidar el segundo párrafo del artículo 103 de
esta ley, el cual establece que el estado podrá proporcionar servicios de protección, custodia,
vigilancia y seguridad a dependencias y organismos públicos, sociedades
mercantiles, asociaciones, instituciones educativas y a particulares, por
conducto de los organismos que se creen con base en las normas legales
aplicables en su carácter de auxiliares en la función de seguridad.
La Ley de Seguridad fue formulada por el gobernador Eruviel Ávila
Villegas, e incorpora propuestas de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRD y
Convergencia; así como los ciudadanos: José Luis Gutiérrez Cureño, Leopoldo
García Pichardo, Rigoberto Acevedo Leyva, Enrique de la Rosa Méndez, Peter
Homberg Lehmann, Luis Alfonso Guerrero y Marco Antonio Macín Leyva.
En la reunión de trabajo, el diputado Víctor Manuel Bautista López,
reconoció la apertura de los Grupos Parlamentarios para incluir los
planteamientos de los diputados del PRD, que permitió perfeccionar 20 artículos
e incorporar aspectos como la reorganización de la función policial. “Estamos
convencidos que constituye un avance, al reconocer la necesidad de la
profesionalización de la policía, instituir el servicio civil de carrera,
establecer derechos y deberes, así mismo integrar los protocolos de actuación, entre
otros”, refirió.
Al reanudarse la sesión
permanente de las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales,
así como de Seguridad Pública y Tránsito, que presidió la diputada Lucila
Garfias Gutiérrez, los diputados aprobaron la adición propuesta de manera conjunta por los
diputados: Carlos Iriarte Mercado, del PRI; Carlos Madrazo
Limón y Gustavo Parra Noriega, del PAN, derivada del planteamiento expresado
por Madrazo Limón, de regular los cuerpos de seguridad auxiliar en la entidad.
Por ello, se agregó un
artículo transitorio que norma lo relativo a la operación de seguridad privada
por parte del estado, el cual señala que el Ejecutivo estatal deberá expedir
disposiciones administrativas; así como que las dependencias competentes de la administración
pública estatal emitirán los protocolos, acuerdos y demás lineamientos para la
debida organización y funcionamiento de dichos organismos auxiliares.
En este sentido, el diputado Gustavo Parra Noriega, del PAN, precisó que
de los 35 artículos que él reservó para su discusión, fueron considerados en su
mayoría en la Ley aprobada; entre ellos, destacó los relacionados con la
autonomía del Consejo Ciudadano; equilibrio entre el derecho al acceso a la
información pública y la protección de datos personales del sistema estatal de
seguridad pública; ampliar el régimen de seguridad social para elementos de
seguridad pública: vivienda, educación de los elementos de seguridad y sus
familiares; y la regularización de los Cuerpos Auxiliares de Seguridad Pública (CUSAEM).
Por otra parte, a propuesta del legislador independiente Ricardo Moreno
Bastida, se modificará la redacción del artículo 38, a fin de que la facultad
del Tribunal Superior de Justicia de contribuir con las instancias que integran
los sistemas estatal y nacional en la formulación de estudios, lineamientos e
implementación de acciones que permitan alcanzar los fines de la seguridad
pública, sea optativa y no obligatoria, ya que, de lo contrario, se invaden
competencias del nivel federal; asunto en el que coincidieron los diputados:
Horacio Jiménez López (Convergencia) y el presidente de la Junta de
Coordinación Política, José Sergio Manzur Quiroga (PRI), para incorporar esta
posibilidad mediante su corrección de estilo.
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