- El sistema Estatal y Municipal Anticorrupción cuenta con una legislación de vanguardia.
Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 19 de julio del
2017- El Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción
cuenta con una legislación de vanguardia e incluye nuevas instituciones y
procedimientos para la prevención, detección y sanción de faltas
administrativas y actos indebidos que afecten el patrimonio público, destacó el
diputado Cruz Roa Sánchez.
A
propósito de la entrada en vigor del Sistema Nacional Anticorrupción este
miércoles, el presidente de la Junta de Coordinación Política recordó que la 59
Legislatura mexiquense aprobó por unanimidad, en tiempo y forma, reformas a la
Constitución local, a cinco ordenamientos estatales y expidió tres nuevas
leyes.
Dos de
estas, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y
Municipios y la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado
de México, precisamente inician su vigencia este 19 de julio, especificó.
Cruz Roa
detalló que uno de los propósitos del sistema anticorrupción es fortalecer el
vínculo entre ciudadanos e instituciones, por lo que el Comité Coordinador del
sistema estará presidido por un ciudadano de probidad y prestigio, que cuente
con experiencia en materia de transparencia, rendición de cuentas o combate a
la corrupción.
Además,
dentro los 90 días naturales siguientes a la expedición, en mayo pasado, del
decreto que creó el Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción, la Legislatura
deberá designar a los integrantes de la Comisión Estatal de Selección, la cual,
a su vez, designará a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, de
entre quienes se elegirá al presidente del Comité Coordinador.
El Estado
de México contará con una Plataforma Digital Estatal, integrada con información
de los sistemas de evolución patrimonial, de declaración de intereses y
constancia de presentación de la declaración fiscal; del sistema de los
servidores públicos que intervengan en procedimientos de contrataciones
públicas y del sistema de servidores públicos y particulares sancionados.
El
diputado destacó la creación del Tribunal de Justicia Administrativa, cuya ley
orgánica entra en vigor este miércoles, en sustitución del Tribunal de lo
Contencioso Administrativo del Estado de México, para el que los diputados
locales aprobaron el nombramiento de siete nuevas magistradas y magistrados el
pasado 5 de julio.
Este
órgano autónomo resolverá las responsabilidades administrativas de los
servidores públicos y particulares vinculados con faltas graves, además de
dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal entre las
autoridades y los particulares.
En cuanto
a las sanciones, se clasificó como falta administrativa grave el cohecho, que
consiste en que el servidor público exija, acepte, obtenga o pretenda obtener
cualquier beneficio no comprendido en su remuneración como servidor público con
motivo de sus funciones, al igual que el peculado, entendido como el uso o
apropiación para sí, sus familiares o para terceros con los que tenga
relaciones profesionales, laborales o de negocios, de recursos públicos sin
fundamento jurídico o en contraposición a la norma.
Se
consideran también faltas administrativas graves el desvío de recursos
públicos, la utilización indebida de información, el abuso de funciones,
cometer o tolerar conductas de hostigamiento y acoso sexual, la actuación bajo
conflicto de interés, la contratación indebida, el enriquecimiento oculto u
ocultamiento de conflicto de interés, el tráfico de influencias, el
encubrimiento, el desacato y la obstrucción de la justicia.
Las sanciones de tipo administrativo por la
comisión de faltas graves del mismo tipo son desde económicas hasta la
suspensión del empleo, cargo o comisión o la inhabilitación, y corresponderá al
Tribunal de Justicia Administrativa determinar el pago de una indemnización
cuando la falta administrativa haya provocado daños y perjuicios a la hacienda
pública.
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