- La legisladora Ruth Salinas informó que la Contraloría del Poder Legislativo resolvió que existen elementos suficientes para configurar una falta administrativa por parte de Everardo Padilla Camacho, primer regidor de Metepec.
El Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 15 de Mayo del 2025.- La diputada Ruth Salinas Reyes (MC) comunicó la resolución favorable de una denuncia ingresada en la Contraloría del Poder Legislativo contra de Everardo Padilla Camacho, regidor de Metepec, por asegurar que, con la paridad de género en las administraciones municipales, “no se busca la paridad, lo que se busca es la caridad”, así como que las reformas constitucionales y legales en la designación de posiciones en la administración municipal son “una inclusión forzada”.
En sesión deliberante, precisó que la
dependencia notificó que existen elementos suficientes para configurar una
falta administrativa por transgredir la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia del Estado de México y ejercer violencia política en razón
de género, una vez analizado el recurso presentado por la propia parlamentaria
y por la regidora de este municipio, Yuritzi Castañeda Ulloa.
Resaltó que “lamentablemente, la falta
no es grave”, lo cual obliga a trabajar para que el derecho administrativo
pueda sancionar ampliamente este tipo de conductas pues, agregó, hay 14 hombres
por nueve mujeres en 26 dependencias y organismos auxiliares de la
administración de Metepec.
Por este incidente, la legisladora
llamó a Mónica Chávez Durán, titular de la Secretaría de las Mujeres, a fijar
posicionamiento y actuar en relación a estas declaraciones, así como por lo
recientemente expresado por el regidor, pues, en otra sesión de cabildo, en la
que se discutió la minuta en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de
género y derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, el funcionario
indicó que la propuesta “parece alimentar una narrativa de confrontación, en la
que el hombre queda retratado como el agresor por naturaleza y la mujer como
víctima por definición”.
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