- El Congreso local estudiará la iniciativa de la gobernadora Delfina Gómez para establecer en la Constitución local la garantía de los derechos a una pensión para las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, así como todas las adultas mayores.
El Escarlata
Toluca, Edoméx- 24 de Junio del 2025.- El Congreso mexiquense analizará una iniciativa para establecer en la Constitución local la garantía de los derechos a una pensión para las personas con discapacidad permanente menores de 65 años, así como todas las adultas mayores; el acceso a una vivienda adecuada; la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a personas trabajadoras del campo; y un apoyo anual directo a personas productoras y a quienes se dediquen a la pesca (ambos en pequeña escala).
A través de la Diputación Permanente, la LXII
Legislatura mexiquense recibió la propuesta de la gobernadora Delfina Gómez
Álvarez la cual también contempla la prestación de servicios de rehabilitación
y habilitación para las personas con discapacidad permanente, dando prioridad a
niñas, niños y adolescentes.
El documento, expuesto durante la sesión por
el legislador Héctor Raúl García González del PVEM, explica que, respecto al
derecho a una vivienda adecuada, se propone que el Estado garantice de manera
progresiva los instrumentos y apoyos necesarios, tales como esquemas flexibles
y accesibles, ante las limitaciones que enfrentan las juventudes para cubrir
los costos de una renta digna, así como la falta de historial crediticio y de
garantías financieras.
En cuanto al jornal (salario) para personas
trabajadoras del campo, se especifica que es por cultivo en sus tierras con
árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas, mientras
que el apoyo para productores también incluye la entrega de fertilizantes.
La propuesta prevé que el
Estado destine anualmente los recursos presupuestarios necesarios y
suficientes, con oportunidad y conforme al principio de progresividad, para
garantizar los derechos establecidos en la Constitución que impliquen la
transferencia de recursos directos hacia la población, además de que establece
que el monto de los recursos asignados no podrá disminuirse, en términos
reales, respecto de lo asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
De igual manera, señala que las pensiones no
contributivas son un mecanismo esencial para garantizar el bienestar, pues se
trata de prestaciones económicas destinadas a personas que carecen de recursos
suficientes para subsistir, asegurando ingresos mínimos a sectores vulnerables y
son especialmente relevantes para personas adultas mayores y personas con
discapacidad permanente, quienes deben ser protegidas por el Estado para
garantizar su calidad de vida.
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