- El Grupo Parlamentario del PAN propone una pena de hasta 22 años y medio de prisión cuando se utilice violencia o la conducta sea en contra de menores que padezcan alguna discapacidad o pertenezcan a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
El Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 14 de Junio del 2025.- Al citar que México es el décimo país con más casos de matrimonio infantil, la bancada del PAN de la LXII Legislatura mexiquense propuso penas de hasta 22 años y medio de prisión a quien obligue, procure, induzca, coaccione, solicite, gestione, oferte, facilite o consienta cualquier relación de hecho para vivir en conjunto y hacer una vida en común, sin fines de lucro o a cambio de un pago en efectivo o en especie, a una persona menor de edad con alguien de su misma condición o con persona mayor de 18 años, sin importar creencias religiosas o usos y costumbres, aun cuando sean los padres quienes realicen estas conductas.
La propuesta de los
diputados Pablo Fernández de Cevallos González y Anuar Roberto Azar Figueroa,
coordinador e integrante, respectivamente, del Grupo Parlamentario del PAN en
el Congreso mexiquense, busca combatir el “matrimonio
y concubinato” de menores de edad, estableciendo sanciones de ocho a 15
años de prisión y de mil a cuatro mil días multa, que podrán incrementarse
hasta en una mitad (hasta 22 años y medio de cárcel y seis mil días multa) si
este delito se comete con violencia o en contra de personas menores de edad que
padezcan alguna discapacidad o pertenezcan a algún pueblo o comunidad indígena
o afromexicana.
La iniciativa, expuesta en sesión de la
Diputación Permanente por la diputada Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN),
que modificaría el Código Penal estatal, explica que la redacción actual de la
normatividad puede presentar ambigüedades que dificulten su aplicación efectiva
de este delito que “lacera profundamente la dignidad y las oportunidades de las
infancias”.
Cabe señalar que actualmente
se consideran sanciones de dos a cuatro años de prisión y de 500 a dos mil días
multa por “establecer una relación de hecho para vivir en conjunto y hacer una
vida en común sin fines de lucro o a cambio de un pago en efectivo o en
especie, aun cuando sean los padres o quienes ejerzan la patria potestad,
tutela o guarda y custodia, quienes obliguen a las personas menores de edad”.
El documento señala que México es el segundo
país latinoamericano (después de Brasil) con más mujeres que se casaron o se
unieron antes de los 18 años, aunado a que, de acuerdo con el Consejo Nacional
de Población, en algunas comunidades indígenas, continúa practicándose dar a
las hijas en matrimonio a partir del arreglo entre los padres a cambio de una
dote, en muchos casos validado por las autoridades comunitarias.
Bajo este contexto, refiere, el Estado tiene
la obligación de actuar como garante de los derechos de las personas menores de
edad y que “desde una perspectiva humanista, esta reforma reafirma la visión de
niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos, cuya dignidad,
autonomía y proyecto de vida deben ser respetados y protegidos por encima de
cualquier costumbre, tradición o interés particular que pretenda justificar el
matrimonio infantil”.
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