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Establecen condiciones propicias para el desarrollo integral de los mexiquenses

  • Entre las leyes de nueva creación, se encuentra la de Asistencia Social.
Toluca, Edo. Méx.- 1 de Agosto- La Ley de Asistencia Social aprobada por la LVII Legislatura local dota de condiciones para el desarrollo integral de los mexiquenses, al conjuntar los esfuerzos de las instancias gubernamentales, así como los sectores social y privado. 

Reorganizar y transformar instancias como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, convirtiéndolo en un ente normativo rector que promueve el control adecuado y la vigilancia de la ejecución de políticas y programas de asistencia social que prestan los Sistemas Municipales DIF, es uno de los objetivos de esta ley, vigente desde el 3 de septiembre de 2010.
Entre sus atribuciones está coordinar un sistema de información estatal en materia de asistencia social y difundir información sobre acciones de prevención y atención académicas, de opinión y consulta relacionada con la materia
Sin quebrantar la autonomía municipal, otorga facultades de apoyo técnico y supervisión hacia tales sistemas e instituciones de la sociedad civil, en coordinación con otras instancias. Se trata de un mecanismo permanente de concurrencia, colaboración, coordinación y concertación entre la administración pública y los sectores social y privado.
Por Asistencia Social se entiende el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, por las circunstancias de vulnerabilidad en que se encuentra; así como la protección física, mental y social, en tanto logra su restablecimiento para incorporarse a una vida plena y productiva.
Se considera beneficiarios a las niñas, niños y adolescente que se encuentren en situación de riesgo o afectados por deficiencias en su desarrollo físico o mental, maltrato, abuso, abandono, explotación, en situación de calle, migrantes o repatriados no acompañados, así como víctimas de conflictos armados y de persecución étnica o religiosa. 
De igual forma, a las mujeres en estado de gestación o lactancia y las madres adolescentes; al igual que aquellas en situación de violencia y explotación en cualquier modalidad; los indígenas y adultos mayores en situación de vulnerabilidad, personas con discapacidad, dependientes de personas privadas de su libertad o enfermos terminales e indigentes.
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