- Con el propósito de contribuir a erradicar la violencia y el acoso escolar en cualquiera de sus modalidades, entro en vigor La Ley para Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de México.
Alerta/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 13 de marzo del 2018-
La Ley para
Prevenir y Atender el Acoso Escolar en el Estado de México, que acaba de entrar
en vigor, es una valiosa herramienta para evitar la discriminación, el
hostigamiento y otras conductas denigrantes que lesionan física, moral o
psicológicamente a niñas, niños y adolescentes, señaló el diputado Miguel
Sámano Peralta, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la
59 Legislatura.
Dijo
que los diputados locales, por su compromiso de adecuar al marco legal a las
necesidades de la sociedad, aprobaron este ordenamiento que acaba de entrar en
vigor, con el propósito de contribuir a erradicar la violencia y el acoso
escolar en cualquiera de sus modalidades.
“Buscamos
que se preserve la integridad física, psicológica y social de los alumnos,
sobre la base del respeto a su dignidad, además de promover el valor de la
justicia, la igualdad, los derechos humanos universales, la cultura de la
legalidad y de la paz”, subrayó.
Destacó
que la ley fue propuesta por el diputado Jacobo Cheja Alfaro, coordinador del
Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y aprobada por unanimidad el 14 de
diciembre pasado por el Pleno de la Legislatura mexiquense.
Sámano
Peralta explicó que la ley define el acoso o bullying como cualquier forma de
maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma
reiterada a lo largo de un tiempo determinado, y dijo que este fenómeno se
presenta tanto en escuelas públicas como privadas y que su práctica puede
incidir en un bajo rendimiento académico, reprobación e incluso deserción.
Además
puntualizó que, una vez que el ordenamiento ha entrado en vigor, los
directivos, docentes y personal encargado de la disciplina y control de los
alumnos tienen la obligación de dar a conocer al Consejo Escolar cualquier
situación de bullying, por lo que en cada plantel habrá un responsable de
recibir las denuncias.
La
escuela enviará un informe anual a la Secretaría de Educación que se integrará
al Registro Estatal de Incidencia de Acoso Escolar. Este protocolo de
prevención, detección, atención y eliminación será aplicado en todos los
niveles de educación básica.
La
Ley prevé la imposición de sanciones al personal escolar que tolere, consienta
o permita el acoso, o bien que oculte los casos o proporcione información falsa
a padres o tutores y a las autoridades.
Se
establecen los derechos, tanto de quienes sean receptores como de quienes
generen acoso escolar, a ser tratados con respeto a su integridad; a contar con
protección inmediata y efectiva por parte de las autoridades estatales; a
recibir información veraz y suficiente que les permita decidir sobre las
opciones de atención; a contar con asesoría psicológica y representación
jurídica gratuita y expedita; a recibir información, atención y acompañamiento
médico y psicológico, y a acceder a procedimientos expeditos de procuración y
administración de justicia.
Finalmente,
los estudiantes acosados tendrán derecho, además, a ser canalizados a
instituciones especializadas para su atención oportuna; en caso de riesgo
grave, a que se dicten medidas preventivas para salvaguardar su integridad
física y asegurar su derecho a la vida, a la dignidad y a la reparación del daño
moral y, en su caso, a recibir una indemnización o el pago de daños y
perjuicios.
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