- El objeto es reconocer y sancionar el nepotismo como una falta administrativa de manera armonizada con la reciente reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y a la ley orgánica del Poder Judicial del estado de México.
El Escarlata/Fabiola Islas
Cámara de Diputados, Edoméx- 16 de Octubre del 2025.- El nepotismo es uno de los señalamientos recurrentes al poder judicial en México, que actualmente de manera controversial no se encuentra dispuesto en la *Ley de Responsabilidades Administrativas* del Estado de México y municipios: expresó el Legislador Local, José Miguel Gutiérrez Morales, al presentar ante el Pleno Legislativo su iniciativa, la cual busca adicionar un artículo a dicha ley, con el objetivo de reconocer y sancionar el nepotismo como una falta administrativa, homologando la norma con el Artículo 286 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Edoméx.
Explicó que esta circunstancia debe
ser ajena a la justa y sana competencia entre las personas, ya que beneficia a
quienes tienen un lazo sanguíneo de parentesco o afinidad civil, que en muchas
ocasiones los colocan en puestos claves, inclusive hasta para que administren
recursos financieros en donde se llegan a cometer actos de corrupción.
Esta situación, -citó- lastima de manera
grave a nuestra sociedad, estos señalamientos entre otros promovieron y
concretaron la reforma del Poder Judicial en México, para que las y los
magistrados, así como las personas juzgadoras, fueran electas mediante el voto
universal y directo y así impedir el tráfico de influencias.
Gutiérrez Morales expuso que, durante
el año 2022, de las 49,600 personas servidoras públicas que había en el poder
judicial, 24,546 tenían nexos familiares al interior del mismo, lo cual,
representó casi el 50% del personal, también dijo que, en el año 2024 de las
44,232 personas servidoras públicas que había en el Poder Judicial, 16,639 tenían
alguna relación familiar.
El Congresista resaltó que el Congreso
de La Unión y las Legislaturas estatales, de forma unánime aprobaron las Reformas
a los artículos 55, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, para impedir así el nepotismo electoral; “con estos
antecedentes el pasado 4 de septiembre se expidió la ley orgánica del Poder
Judicial del estado de México, que fue dictaminada y aprobada por esta
legislatura”.
Sin embargo, subrayó que en el
artículo 286 de la ley orgánica se hace una referencia al artículo 50 de la Ley
de responsabilidades administrativas del Estado de México y municipios que
resulta falsa, “el artículo 50 en ninguna de sus 19 fracciones establece
supuestos relacionados con la contratación de personas por razones de
parentesco en el servicio público como antecedente del nepotismo en materia de
responsabilidades administrativas”, reveló.
“Debo señalar que la abrogada ley de
responsabilidades de los servidores públicos del estado y municipios de 1990,
sí disponía en su artículo 42 fracción 13, que todo servidor público debía de
abstenerse de nombrar, contratar o promover como servidores públicos a personas
con quienes tenga parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o
civil y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad
administrativa de la que fuese titular, disposición que fue eliminada de la ley
de responsabilidad administrativas del estado de México y municipios el 30 de
mayo del 2017”, exhibió.
“Compañeras y compañeros como es de
hacerse notar es imprescindible y necesario reconocer al nepotismo de manera
clara y contundente, armonizando nuestra legislación, por lo cual solicito el apoyo
de todas y todos ustedes en este acto, para que de manera respetuosa apoyemos
esta iniciativa”, exclamó.
Miguel Gutiérrez aseveró que todo lo
expresado durante el uso de la tribuna está debidamente fundamentado, por lo
que sometió a consideración de la LXII Legislatura la presente iniciativa, con
el objeto de reconocer y sancionar el nepotismo como una falta administrativa
de manera armonizada con la reciente reforma a la constitución política de los
Estados Unidos mexicanos y a la ley orgánica del Poder Judicial del estado de
México.
Esta iniciativa fue remitida a la
omisión legislativa de Procuración y Administración de Justicia para su estudio
y dictamen.





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