- Se incorporaron nuevas definiciones al Reglamento de Tránsito para que pueda operar el programa Fotocívicas.
Reporte/Escarlata
Ciudad
de México.- 20 de marzo del 2019- Con
la finalidad de que el programa Fotocívicas esté listo para iniciar su
operación el próximo 22 de abril, en conferencia de prensa, el Secretario de
Movilidad, Andrés Lajous, presentó los nuevos cambios al Reglamento de Tránsito
de la CDMX junto con Fernanda Rivera, Directora General de Seguridad Vial y
Sistemas de Movilidad Urbana Sustentable; Natalia Rivera, Directora de
Seguridad Vial y Seguimiento de la Información (ambas, funcionarias de SEMOVI);
así como Luis Ruiz, Director General de Ingeniería de Tránsito; y Oswaldo
Llort, Director General de Aplicación de Normatividad de la Secretaría de
Seguridad Ciudadana.
El
documento, también disponible en la Gaceta Oficial, presenta nuevos conceptos
como “equipo electrónico”, “sistema tecnológico”, y “penalización por puntos en
la matrícula”, que permitirán aplicar el nuevo esquema de sanciones cívicas
para personas físicas que utilizan vehículos automotores con registro en la
capital del país.
Asimismo,
el titular de la SEMOVI, Andrés Lajous, recordó que todas las licencias de
manejo cuentan con diez puntos y cada infracción registrada por las cámaras de
la ciudad restará un punto (excepto las que rebasen los límites de velocidad
hasta un 40%; en ese caso se perderán 5 puntos). Al perder el tercer punto, los
dueños de los vehículos deberán hacer un curso básico en línea. Perder el
cuarto punto tendrá como sanción un curso intermedio en línea y, a partir de la
quinta infracción, deberán realizar horas de servicio en favor de la comunidad,
según lo dispuesto en la Ley de Cultura Cívica.
Algunos
de los comportamientos contemplados en las tablas de sanciones que incluyen
penalización por puntos a la matrícula son: preferencia de paso y prioridad de
uso de los peatones (Art. 6), circular en sentido contrario (Art. 8), conducir
con personas o animales entre las piernas o dispositivos electrónicos que
distraigan al conductor (art 38), así como exceso de velocidad (Art. 9), entre
otros.
Para
revalorizar las placas vehiculares de la Ciudad de México, en zonas donde
existan parquímetros, no se aplicarán inmovilizadores a vehículos que incumplan
en reglamento de tránsito: sólo se les multará conforme a lo dispuesto en la
ley. Para quienes cuentan con placas de
otros estados sí se colocarán estos inmovilizadores y, para ser liberados,
deberán pagar todas las multas anteriores que no hayan sido acreditadas por los
conductores.
Por
otra parte, se reclasificaron algunas vialidades primarias, cuyas
características físicas les hacen asemejarse más a vías de acceso controlado
(carriles centrales y laterales y camellones divisores) como lo son Insurgentes
Sur en su tramo de Eje 10 hasta su entronque con Anillo Periférico o Eje
Central, de La Raza a los límites con el Estado de México.
Cabe
mencionar que los límites de velocidad no presentan modificaciones, por lo que
el límite de velocidad en vías de acceso es de hasta 80 km/h, mientras que, en
vialidades primarias, secundarias y en zonas escolares la velocidad máxima es
de 50 km/h, 40 km/h y 20 km/h, respectivamente. Al respecto, el Secretario de
Movilidad, Andrés Lajous, comentó que “en una zona urbana donde el viaje
promedio tiene una longitud de 8 km, es difícil justificar por qué ir a más de
112 km por hora.” Finalmente, también se modificó la definición de vehículos no
motorizados, los cuales se definen como aquellos que pueden ser movidos por
impulso humano o eléctrico; en este último caso, la velocidad máxima que podrán
alcanzar con asistencia es de 25 km/h.
Para
consultar todos los cambios al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México,
puede hacerlo en: https://bit.ly/2Wca4aF o puede consultar la presentación
ejecutiva en: https://bit.ly/2WaDR3q
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