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Propone Lorena Marín incluir la “Apelación Adhesiva” en materia civil


  • La legisladora señaló que se deben diseñar procesos jurídicos eficientes para resolver los problemas que se suscitan entre los particulares, y con esto, garantizar el acceso a la justicia que mandata la Constitución.



Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 27 de Septiembre del 2019-  Se deben diseñar procesos judiciales eficientes para resolver los problemas que se suscitan entre los particulares; y con esto, garantizar el acceso a la justicia que mandata la Constitución, afirmó la diputada María Lorena Marín Moreno.

Durante la sesión plenaria, la legisladora del PRI planteó incorporar la figura de apelación adhesiva en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, a fin de agilizar los procesos jurisdiccionales, además de brindar certeza y credibilidad en las instituciones de administración de justicia.
Lorena Marín señaló que el Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, en el artículo 1.360, contempla como recursos de impugnación la revocación, apelación y queja; y que estos pueden ser interpuestos por la parte que cree sufrir afectaciones por las sentencias o acuerdos que dicten los órganos jurisdiccionales.
“La etapa procesal de impugnación, es de gran importancia en la consolidación del Estado de Derecho, pues con ésta, se pueden combatir los actos de autoridad, así como garantizar el principio de legalidad y de seguridad jurídica”.
Explicó que uno de los medios de impugnación más relevantes del sistema procesal, es el recurso de apelación, el cual da certidumbre jurídica a los ciudadanos cuando en la resolución jurisdiccional se vulneran ciertos derechos.
En ese sentido, refirió que la apelación adhesiva, busca la confirmación de la sentencia apelada, mediante la expresión de argumentos que le den mayor solidez a la parte considerativa de la resolución dictada por el juez de primera instancia.
Marín Moreno resaltó que con la aprobación de la apelación adhesiva, el número de amparos promovidos por los ciudadanos se reduciría considerablemente.
Además, enumeró entre los beneficios, dotar al Tribunal de Alzada de argumentos de mayor legalidad, para fortalecer el fallo del juez de primera instancia; reforzar los razonamientos lógico- jurídicos expuestos.
Informó que entidades como Baja California, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Jalisco, Morelos, Puebla; Sonora, Tabasco y Zacatecas, contemplan en sus dispositivos normativos dicha figura.
“Es tarea de esta Legislatura, incorporar al orden normativo del Estado de México, figuras jurídicas que impacten de manera significativa en la impartición de justicia de nuestra entidad” finalizó.
La iniciativa de reforma a los artículos 1.382 y 1.366 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, fue turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y Procuración y Administración de Justicia.


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