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Podrían demandar padres a hijos pensión alimenticia, de proceder iniciativa del PRD


  • La iniciativa presentada por la legisladora Araceli Casasola tiene la finalidad de adicionar a los padres como sujetos de derecho para demandar la pensión alimenticia a sus hijos, en la forma y términos que la propia disposición establece.

Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 29 de diciembre del 2018- Con el fin de adicionar el concepto de “padres” como sujetos de derecho para demandar pensión alimenticia a sus hijos, la diputada Araceli Casasola Salazar presentó, en nombre el Grupo Parlamentario del PRD, una iniciativa de reforma al artículo 4.127 del Código Civil del Estado de México.

En sesión del Primer Periodo Ordinario de la 60 Legislatura, dijo que el derecho a los alimentos no solo ha sido concebido como una obligación jurídica para con los hijos, cónyuges, concubinas o bien los menores incapaces o estudiantes incluso si son mayores de edad. “No obstante, en nuestra normativa vigente no se dispone de manera expresa la obligación que pueden tener los hijos en proporcionarla, ni el derecho de los padres a recibirla”, manifestó.
Ante esto, explicó que su iniciativa tiene la finalidad de adicionar a los padres como sujetos de derecho para demandar la pensión alimenticia a sus hijos, en la forma y términos que la propia disposición establece.
Señaló que la propuesta, que para su análisis y dictamen se remitió a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Familia y Desarrollo Humano, considera a los padres que se encuentran en un rango de edad de entre 40 y 59 años de edad, “donde ni son jóvenes ni adultos mayores, pero que no puedan acceder a un empleo formal para sustentarse”.
Por su parte el diputado Omar Ortega Álvarez, coordinador del Grupo Parlamentario del PRD, presentó una iniciativa que reforma el artículo 41 de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social de la entidad para establecer que los convenios de mediación o conciliación pueden ser modificados por los suscriptores, siempre que no vulneren los derechos de los niños, niñas, adolecentes e incapaces.
El legislador estableció que su bancada considera que las normas jurídicas deben responder a los cambios sociales, cuya razón fundamental es el ordenamiento de la convivencia, de tal forma que además de cumplir con su propósito regulador, permita el ágil desarrollo de actos y hechos jurídicos esenciales para el bien común, en relación con los principios de igualdad y al cumplimiento de los derechos humanos.
El legislador explicó que con esta reforma se salvaguardan los derechos de niños, niñas, adolescentes e incapaces, cuando las familias en controversia modifiquen los convenios signados ante los Centros de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México.
El coordinador perredista dijo que esta iniciativa, que para su análisis se remitió a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia, Para la Atención de Grupos Vulnerables y de la Familia y Desarrollo Humano, permitirá mantener esta ley actualizada para alcanzar resultados positivos en el corto, mediano y largo plazo, a fin de que dichos conflictos sean tengan una rápida solución.


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