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Cárcel para quien venda alcohol a menores en el Edoméx

 

  • El diputado Gabriel Gutiérrez propuso penalizar la venta de bebidas alcohólicas a menores hasta con nueve años de prisión.


Reporte Escarlata

Toluca, Edoméx.- 25 de noviembre del 2020- El diputado Gabriel Gutiérrez Cureño (MORENA) propuso a la LX Legislatura penalizar hasta con nueve años de cárcel la venta de bebidas alcohólicas a menores y hasta con ocho a quienes permitan su acceso a establecimientos, como bares y discotecas, donde se vendan para su consumo, en tanto que la coordinadora del grupo parlamentario del PES, la diputada Julieta Villalpando Riquelme, propuso prohibir y sancionar con penas de prisión la venta de bebidas alcohólicas a menores de 21 años.

En sesión deliberante presidida por la diputada Karina Labastida Sotelo, el legislador del grupo parlamentario de Morena expuso que la entidad cuenta con una población de 5 millones de niñas, niños y adolescentes, y que en México 60% de las y los menores han probado alcohol antes de los 15 años, por lo que afirmó, las políticas de protección “deberán ser garantizadas desde este Congreso, con una cultura de cero tolerancia a conductas que vulneren los derechos de sana convivencia en todos los sectores”.

Su propuesta de adición al artículo 204 del Código Penal estatal, turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, señala que se aplicarán hasta nueve años a quien venda o suministre bebidas alcohólicas a menores de edad, ya sea en envases cerrados, abiertos o para consumo por copeo.

Mientras que a quien permita directa o indirectamente el acceso de personas menores de edad a establecimientos dedicados a la venta de bebidas alcohólicas, como discotecas, bares, cantinas, pulquerías, centros nocturnos, centros de espectáculos, billares, centros de venta de cervezas o similares, se le aplicarán de tres a ocho años de prisión y de cien a 800 días multa.

En cuanto a la iniciativa de la diputada Villalpando Riquelme, propone que la Comisión para la Protección de Riesgos Sanitarios (COPRISEM) suspenda hasta por noventa días a los establecimientos que vendan o suministren bebidas alcohólicas a menores de 21 años y cuando se trate de unidades económicas que se dediquen principalmente a la venta o suministro de bebidas alcohólicas, corresponderá a los municipios imponer una multa de quinientas a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y la clausura permanente por vender o suministrar bebidas alcohólicas a menores de 21 años y contratarlos.

Las reformas propuestas al artículo 204 del Código Penal del Estado de México señalan que se impondrá una pena de tres a seis años de prisión y de doscientos a dos mil días multa, al que organice o realice eventos, reuniones, fiestas o convivios en inmuebles particulares, donde se venda o facilite el consumo de alcohol, drogas, estupefacientes a menores de 21 años o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho.

La propuesta, remitida a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Minero, plantea modificaciones al Código Administrativo del Estado de México, la Ley de Ordenamiento y Competitividad Comercial del Estado de México y el Código Penal del Estado de México.

 

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