- La reforma que aplica para el proceso electoral 2021, salvaguarda el principio representación de las minorías y el derecho a la paridad, en casos de 5 regidurías, 3 serían para mujeres: Congreso local.
Reporte Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx.- 19 de febrero del 2021- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el decreto 190 de la LX Legislatura por el cual se modificaron diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y del Código Electoral, ambos del Estado de México, publicado el 29 de septiembre de 2020.
El Pleno determinó que durante el proceso legislativo no se
cometieron violaciones de carácter invalidante y que las reformas y
derogaciones a los preceptos impugnados no fueron publicadas dentro de los 90
días previos al inicio del proceso electoral, por lo que no se violó el periodo
de veda legislativa.
La SCJN también consideró que la reducción de sindicaturas y
regidurías no violó el principio de representación proporcional, pues la Carta
Magna otorga libertad al legislador local para definir el número y porcentajes
de regidores que ocuparán el cargo. Tampoco los principios de reelección,
progresividad y supremacía constitucional, ni se incurrió en una omisión
legislativa, al no haberse ajustado las fórmulas de asignación de regidurías.
El diputado Maurilio Hernández González, presidente de la Junta de
Coordinación Política de la LX Legislatura mexiquense, celebró el fallo de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que confirma la validez de la
reforma que reduce las regidurías y sindicaturas en los 125 ayuntamientos de la
entidad, la cual aplicará en las elecciones de este 2021, al concluir que no es
contraria a la supremacía constitucional.
A petición del ministro Javier Laynez Potisek, el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió opinión y, de
forma unánime, las ministras y ministros de la SCJN consideraron infundadas las
seis acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos políticos de
Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Verde
Ecologista, del Trabajo y Encuentro Solidario.
El diputado Maurilio Hernández señaló que con esta resolución han
quedado superados los argumentos de dichos partidos, en el sentido de que se
atentaba contra la democracia y contra la pluralidad, pues han sido superados
por un criterio jurídico que se ajusta a la buena administración de los
recursos públicos, con austeridad y eficacia.
El líder parlamentario de MORENA aseguró que la resolución de la
Suprema Corte, que le da razón al senador Higinio Martínez Miranda, autor de la
iniciativa, así como a la Legislatura que la respaldó, demuestra que, “nosotros
si atendemos al estado de derecho y a un planteamiento de justicia de eliminar
los abusos en los ayuntamientos”, dijo.
Sostuvo que esta resolución envía el mensaje a la ciudadanía de
que, de manera gradual pero firme, la Cuarta Transformación seguirá trabajando
en la Legislatura local y federal, así como en el Senado de la República en el
desmantelamiento de elementos de orden legal o constitucional que solamente han
servido para mantener privilegios con lo cual saldrán ganando las y los
mexiquenses.
Enfatizó que con el reconocimiento de la SCJN a la validez de las
reformas y adiciones a la Ley Orgánica Municipal y al Código Electoral, ambos
del Estado de México, se tendrán ahorros anuales de mil 500 millones de pesos,
pues existen regidores que ganan hasta más de 100 mil pesos y esta resolución
permitirá también establecer criterios para la reducción de salarios de los
servidores públicos, pues en lugar de engrosar la nómina podrán destinarse más
recursos a inversiones y servicios públicos.
De esta forma, con la renovación de los 125 ayuntamientos
mexiquenses este año, se reducirán de mil 361 regidurías que existen
actualmente, a 954, lo que significa la disminución de 407 cargos, de los que
254 serán de mayoría relativa y 153 de representación proporcional. Además de
la desaparición de nueve sindicaturas que corresponden a los municipios que
tenían dos de mayoría relativa.
Subrayó que esta decisión no afectará la representatividad de las
mujeres, pues la Constitución y las leyes electorales garantizan el derecho de
paridad, y en caso de que un municipio tenga cinco regidores de mayoría
relativa, tres serán para mujeres.
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