- Con esta nueva herramienta, el Edoméx puede afectar directamente el poder económico de la delincuencia organizada, destinando los bienes asegurados a fines sociales.
Toluca,
Edoméx.- 26 de diciembre del 20146- Con
la nueva Ley de Extinción de Dominio del Estado de México, los
bienes materiales o económicos asegurados a sujetos o grupos
delictivos, y cuyo dominio haya sido extinguido a favor del gobierno
estatal por medio de sentencia ejecutoriada, podrán ser destinados a
centros educativos, de salud, de convivencia social, culturales o de
seguridad pública.
De
acuerdo con el artículo 27 del nuevo ordenamiento aprobado este año,
cuando así lo determine la autoridad judicial, a petición fundada y
motivada del Ministerio Público, dichos bienes podrán ser donados a
instituciones públicas o privadas de asistencia social o
dependencias y órganos de la administración pública estatal y
municipal, para su aprovechamiento en beneficio de la sociedad.
El
artículo 68 establece que en los casos en que sea conveniente
destinarlos a fines sociales, la autoridad judicial, a petición
fundada y motivada del Ministerio Público, serán ingresados al
patrimonio del Estado y asignados a dependencias y órganos de la
administración pública estatal, o donados a los municipios, a
instituciones públicas o privadas de asistencia social para su
aprovechamiento en beneficio del núcleo de población directamente
afectado.
Establece,
además, que cuando sean enajenados, del producto de la venta 40 por
ciento pasará a formar parte del Fondo Auxiliar para la Procuración
de Justicia, 10 por ciento se destinará a la Secretaría de Salud
para programas de orientación y rehabilitación de adicciones, 10
por ciento a la construcción, mejora y equipamiento de centros
educativos y el 40 por ciento restante al Fondo a que se refiere la
Ley de Víctimas del Estado de México.
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