- Verifican más de 110 balnearios y albercas en Valle de Bravo, Ixtapan de la Sal, Tonatico, Malinalco, Tenancingo y Tejupilco, entre otros municipios.
Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 27 de marzo del 2018- La
Secretaría de Salud del Estado de México, a través de la Coordinación de
Regulación Sanitaria y Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios
del Estado de México (COPRISEM), revisará, durante esta temporada vacacional,
más de 110 balnearios y albercas de centros vacacionales, parques acuáticos,
clubes deportivos, desarrollos turísticos, hoteles, centros de enseñanza y
cualquier establecimiento que preste un servicio público y cuente con piscina
para verificar que cumplan con las normas sanitarias y no supongan riesgos para
la salud de los usuarios.
Estas
acciones de vigilancia sanitaria se intensificarán en los centros turísticos de
mayor concentración poblacional como Valle de Bravo, Ixtapan de la Sal,
Tonatico, Malinalco, Tenancingo, Tejupilco y Valle de Toluca, además de
Ecatepec, Tlalnepantla, Cuautitlán Izcalli, Nezahualcóyotl, Teotihuacán y
Zumpango.
Se
realizarán muestreos del agua para análisis microbiológico y fisicoquímico a
efecto de determinar si se encuentran dentro de la norma que establece las
condiciones mínimas necesarias que deben cumplir las albercas y también
verificar que el cloro esté dentro del parámetro, de 1.0 a 5.0 miligramos por
litro.
Se
verificará que estos establecimientos cuenten con área de regaderas para los
bañistas antes de tener acceso a la alberca, que los baños tengan jabón líquido
y papel higiénico, y que el agua de la alberca se observe limpia.
El
organismo verificará que cuenten con un plan de contingencias, así como
procedimientos de limpieza, desinfección y mantenimiento preventivo y
correctivo de las albercas y equipos, aunado a que deberá haber personal
salvavidas o de primeros auxilios que porte un distintivo con el cual pueda ser
fácilmente reconocido.
Con
estas acciones, se vigila que cumplan con lo que establece la Norma Oficial
Mexicana NOM-245-SSA1-2010, la Ley General de Salud y el Reglamento de Salud
del Estado de México.
Cabe
señalar que, en caso de advertir algún riesgo a la salud, se procederá a
ejecutar alguna medida de seguridad consistente en la suspensión de trabajos o
servicios durante el tiempo necesario a efecto de corregir las irregularidades
sanitarias detectadas.
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