- Conocen mexiquenses, las dos rutas para realizar una modificación al sustantivo propio que les genere certeza jurídica y fomente la dignidad humana.
Reporte
Escarlata
Toluca,
Edoméx.- 3 de septiembre del 2020-
Durante la emisión de Caravanas por la Justicia Cotidiana en Facebook Live,
mexiquenses recibieron asesorías para realizar adecuaciones y correcciones a
sus actas de nacimiento.
En
su participación, el Director General del Registro Civil, César Enrique Sánchez
Millán, precisó a los espectadores que, de acuerdo con el Código Civil del
Estado de México, existen dos vías para realizar una modificación al sustantivo
propio.
La
vía judicial cuando se toca de fondo la identidad, pues existe una
rectificación, modificación o bien la nulidad de un acta de nacimiento, y la
vía administrativa que se realiza ante el Registro Civil y la vía
Administrativa, que prevé realizar la aclaración o complementación de actas de
nacimiento, reconocimientos de paternidad y la adecuación del sustantivo propio
sin que se afecten los apellidos.
“Cuando
afecte la dignidad de las personas, es decir derivado de la conjunción o
incluso de la misma picardía que existe en el pueblo mexicano y la sociedad
mexiquense, hay nombres que se toman a doble sentido y que le afectan a las
personas, afectan a los niños y bueno bajo este tenor se puede hacer una
solicitud de esta modificación que solamente estaría cambiando el nombre que
afecta la dignidad, si tuviera dos o tres nombres esos quedarían intocados”,
aseguró Sánchez Millán.
En
caso de que el sustantivo propio o la conjunción con el apellido afectan la
dignidad de la persona, se pueden realizar tres tipos de acuerdos dependiendo
de la edad de la persona.
Si
se afecta la dignidad de un menor de 12 años de edad, el procedimiento lo
realizarán los padres, si se es mayor de 12 y menor de 18 años de edad, lo pude
hacer la persona afectada con el acompañamiento de sus padres y si se es mayor
de edad, el interesado puede acudir directamente a una Oficialía del Registro
Civil.
La
más solicitada por el auditorio de la emisión de Caravanas, fue la adecuación
del sustantivo propio, por uso social o jurídico distinto al que tiene registrado en su vida una persona, es
decir, están registrados con una abreviatura o con un nombre que no utilizan.
“No
es una nueva persona, sigue teniendo sus derechos, contrayendo sus obligaciones
contraídas, no es una forma de evadir la justicia, cuando podría existir alguna
orden de presentación, alguna orden de aprehensión, siguen estando vigentes,
simplemente es para hacer esa adecuación del sustantivo propio asumida que ha
tenido en diversos casos, es decir que haya registrado a los hijos, o que haya
celebrado su matrimonio, o que en su evolución académica haya usado un hombre
distinto y aquí es cuando se ajusta”, agregó el Director del Registro Civil.
Cabe
mencionar que del total de las solicitudes del cambio de nombre, el 10 por
ciento son por afectaciones a la dignidad, regularmente en menores de 12 años
de edad, mientras que el 90 por ciento restante corresponde a personas de la
tercera edad.
“Repito,
son procedimientos gratuitos, totalmente gratuitos, son expeditos y de
inmediato, una vez que es aprobada la propuesta de la Secretaría Técnica, se
notifica a las partes, se notifica a los Oficiales quienes a su vez lo hacen de
conocimiento de los interesados sí ha sido procedente o no está modificación”,
finalizó.
Las
y los ciudadanos que fueron atendidos durante la emisión, deberán acudir a las
respectivas áreas para dar seguimiento a sus procedimientos y complementar la
documentación necesaria ya sea de manera digital o presencial.
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