- A través de una reunión virtual Alfredo Domínguez Marrufo detalló las nuevas obligaciones y prohibiciones que impone la reforma a los sindicatos y patrones.
Reporte
Escarlata
Toluca,
Edoméx.- 3 de septiembre del 2020-
Para informar a los trabajadores organizados sobre los pasos necesarios para
estar acorde con los requerimientos de la Reforma Laboral en la entidad, la
Secretaria del Trabajo del Estado de México, Martha Hilda González Calderón,
realizó una reunión virtual con Alfredo Domínguez Marrufo, Director General del
Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).
En
este encuentro, además de la titular de la dependencia estatal del trabajo,
estuvo presente Ricardo Sodi Cuéllar, Presidente del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México, así como Luis Antonio Guadarrama Sánchez,
Presidente de la Comisión Legislativa de Trabajo, Previsión y Seguridad Social,
quienes hablaron sobre las nuevas obligaciones de sindicatos y patrones que
impone la Reforma Laboral.
Domínguez
Marrufo señaló que los sindicatos ahora están obligados a adecuar sus estatutos
a las nuevas reglas en materia de democracia sindical, así como en la rendición
de cuentas y equidad de género.
De
igual forma, es necesario legitimar los contratos colectivos existentes en las
Juntas de Conciliación y Arbitraje, además de informar a la autoridad los
cambios de su directiva, modificaciones de estatutos, altas y bajas de
afiliados.
Agregó
que se tiene prohibido participar en esquemas de evasión de contribuciones o
incumplimiento de obligaciones patronales, ejercer actos de violencia,
discriminación, acoso u hostigamiento sexual.
Así
como simular consultas o procedimientos de democracia sindical, obstaculizar la
participación de los trabajadores en los procedimientos de elección de sus
directivas y cometer actos de extorsión u obtener dadivas del patrón.
En
cuanto al sector patronal, el Director General del Centro Federal de Conciliación
dijo que los empresarios están obligados a entregar a sus trabajadores un
ejemplar impreso del Contrato Colectivo de Trabajo.
Así
como fijar y difundir la convocatoria de consultas para la solicitud de
Constancias de Representatividad y ratificación de acuerdos, además de
implementar protocolos para la prevención de discriminación, acoso, violencia y
hostigamiento sexual.
Mientras
que está prohibido obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse del
sindicato o agrupación a que pertenezcan, realizar cualquier acto tendiente a
ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores o
intervenir, impedir la formación o el desarrollo de la actividad sindical.
Finalmente,
informó que el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es organismo
público descentralizado, sectorizado a la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, que tendrá la función conciliatoria de jurisdicción federal, así como
el registro nacional de sindicatos, contratos colectivos y reglamentos
interiores de trabajo, así como la verificación de los procesos de democracia
sindical.
0 comentarios:
Publicar un comentario