- La iniciativa busca fortalecer y generar certeza respecto a las atribuciones de las autoridades auxiliares, definir los mecanismos de coordinación con la administración municipal y fomentar la participación ciudadana en beneficio de las y los habitantes de los municipios mexiquenses.
Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 24 de abril
del 2019- A nombre
del Grupo Parlamentario de MORENA, el diputado Juan Pablo Villagómez Sánchez
presentó una iniciativa para regular a las autoridades auxiliares de los
municipios y velar por su gestión, vigilancia y rendición de cuentas.
El
diputado explicó que, de ser aprobada, su iniciativa permitirá fortalecer y
generar certeza respecto a las atribuciones de las autoridades auxiliares,
definir los mecanismos de coordinación con la administración municipal y
fomentar la participación ciudadana en beneficio de las y los habitantes de los
municipios mexiquenses.
“Resulta
necesario normar la naturaleza jurídica de las autoridades auxiliares, en razón
de que tienen atribuciones que competen al gobierno municipal, colaborando con
actividades administrativas y en la distribución de los recursos públicos,
autoridades que, a pesar de contar con obligaciones y derechos establecidos en
el artículo 57 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, se les ha
considerado como representantes honoríficos y autónomos del ayuntamiento
exentos de la rendición de cuentas”, dijo el diputado.
La
iniciativa con proyecto de decreto establece diferentes modificaciones a la Ley
Orgánica Municipal del Estado de México para que en las atribuciones de los
ayuntamientos se incluya la expedición de los reglamentos para regular las
atribuciones de las autoridades auxiliares y la coordinación de actividades,
programas y acciones con los representantes vecinales para fomentar la
participación ciudadana y la rendición de cuentas.
Respecto
de las autoridades auxiliares se plantea que entreguen informes trimestrales y
no anuales, como actualmente se hace, además de que se propone que otorguen al
ayuntamiento un inventario general de los bienes muebles e inmuebles con los
que cuenta la delegación dentro del plazo de 30 días hábiles a partir del
siguiente en que inicien sus atribuciones, y que, en caso de que se adquieran
bienes durante su periodo se deberá actualizar el inventario general en un
plazo de 60 días hábiles a partir de su adquisición.
También se especifica que las autoridades auxiliares podrán ser
removidas por el ayuntamiento con el voto aprobatorio de las dos terceras partes
de sus integrantes, previa garantía de audiencia, cuando exista causa grave que
califique el ayuntamiento, cuando no cumplan con las atribuciones que éste le
delegue o realicen cualquiera de las conductas previstas en el artículo 58 de
la Ley Orgánica Municipal que los delegados no puedan llevar a cabo por
tratarse de atribuciones de los ayuntamientos.
De
darse los casos anteriores y originar la remoción de delegados y subdelegados,
el ayuntamiento llamará a los suplentes, pero si no se presentan se designarán
sustitutos.
La
iniciativa también especifica que el órgano de control municipal deberá vigilar
la administración de los recursos que tengan encomendados las autoridades
auxiliares.
El
diputado subrayó que en la Cuarta Transformación de la vida pública del país la
lucha contra la impunidad no tiene colores partidistas, por lo que se busca que
se administre con transparencia y que la rendición de cuentas sea un hábito de
toda autoridad.
La
iniciativa, que plantea la reforma y adiciones a los artículos 31, 57, 62, 91 y
112 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, fue turnada a las
comisiones de Legislación y Administración Municipal, y de Procuración y
Administración de Justicia.
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