- La creación del sistema significó reformas al Código Administrativo, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Presupuesto de Egresos, todos del Estado de México.
Reporte/Escarlata
Tultitlán, Edoméx.- 2 de
mayo del 2019- A fin de incorporar sistemas preventivos como la alerta sísmica,
volcánica, meteorológica, sanitaria, antropogénica, que permitan proteger a los
mexiquenses y reducir la pérdida de vidas ante la presencia de un desastre
natural o antropogénico, la 60 Legislatura mexiquense aprobó la creación del
Sistema Múltiple de Alertas Tempranas y Emergencias del Estado de México.
En sesión realizada en el Centro Ceremonial Otomí, en Temoaya, el
diputado Max Correa Hernández, presidente de la Comisión Legislativa de
Protección Civil, dio lectura al dictamen que integra su propuesta para crear
este sistema múltiple, así como la iniciativa del diputado José Alberto Couttolenc
Buentello, coordinador parlamentario del PVEM, quien propuso crear un sistema
de alerta sísmica para la entidad.
De
acuerdo con los resolutivos, el sistema se conformará por las múltiples alertas
tempranas nuevas o que se generen del conocimiento técnico-científico, las
existentes y operando, como el sistema de alerta sísmica, volcánica,
meteorológica, químico-tecnológica, y otras de jurisdicción federal y estatal
que serán coordinadas para efectos de alertamiento por la Secretaría General de
Gobierno a través de la dependencia estatal que designe y en coordinación con
las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil. Establecen como
competencia exclusiva de la autoridad estatal emitir Alertas Tempranas y de
Emergencias a la población mexiquense.
Las alertas que constituyan el sistema deberán proveer información
clara y oportuna que cumplan su cometido de salvar vidas con base en el
conocimiento previo del riesgo para el cual se hará el alertamiento. La
Secretaría General de Gobierno deberá disponer del canal de difusión y
comunicación para diseminar las alertas a la población en riesgo, los
protocolos que se emplearán para la diseminación y los planes operativos para
el alertamiento.
El
gobierno estatal instalará, por sí, o a través de personas físicas o morales
validadas por la Secretaría General de Gobierno a través de la Coordinación
General de Protección Civil y en coordinación con las autoridades del Sistema
Nacional de Protección Civil, Sistemas de Alertamiento Temprano incluidos al
Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, debiendo hacerlo en puntos estratégicos y
de afluencia masiva de personas, con el fin de prevenir a la población en caso
de un sismo.
Además, todos los inmuebles de los poderes Legislativo, Judicial y
Ejecutivo deberán contar con un equipo de alertamiento temprano audible y
visible, que reciba de manera inicial la señal oficial de la Alerta Sísmica,
mientras que las escuelas, hospitales, empresas, industrias, centros
religiosos, establecimientos mercantiles o de servicios con concentración
masiva de personas, unidades multifamiliares, condominios y todos aquellos
generadores de mediano y alto riesgo, deberán instalar un equipo de
alertamiento temprano que reciba entre otras, la señal oficial de la alerta
sísmica.
La
Secretaría General de Gobierno, en coordinación con los ayuntamientos, deberá
supervisar que las edificaciones cuyo funcionamiento es esencial a raíz de una
emergencia urbana, como hospitales, terminales de transporte, estaciones de
bomberos y policía, de telecomunicaciones, y depósitos de sustancias flamables,
cuenten con un equipo de alertamiento temprano que reciba la señal oficial de
la alerta sísmica.
El
documento prevé multas y sanciones a quien inicie operaciones generadoras de
mediano y alto riesgo y no cuente con equipo de alertamiento temprano que
reciba la señal oficial de la alerta sísmica, así como a quien incumpla lo
establecido para los inmuebles de los poderes estatales.
También
incluye reformas al Presupuesto de Egresos de este año para la implementación
total o parcial del Sistema Múltiple de Alertas Tempranas y Emergencias del
Estado de México, con recursos derivados del Fondo Estatal para la Atención de
Desastres y Siniestros Ambientales o Antropogénicos,
Considera
que cada ente público estatal o municipal, de los Poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, deberán prever en el Presupuesto de Egresos de cada
ejercicio fiscal, los recursos financieros para garantizar la instalación,
operación y mantenimiento de los equipos de Alertamiento Temprano con los que
deben contar.
El
legislador Max Correa reconoció que durante el análisis de las iniciativas se
contó con la presencia de servidores públicos de la Coordinación Estatal de
Protección Civil, con especialistas en Gestión Integral de Riesgos de Desastre,
representantes de la Organización de las Naciones Unidas, y personal del Centro
de Instrumentación y Registro Sísmico, quienes coadyuvaron en el desarrollo de
los trabajos de estudio de las iniciativas en Comisiones y aportaron mayores
elementos de información.
La creación del sistema significó reformas al Código
Administrativo, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Presupuesto
de Egresos, todos del Estado de México.
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