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Aprueban el Sistema Múltiple de Alertas Tempranas y Emergencias del estado de México


  • La creación del sistema significó reformas al Código Administrativo, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Presupuesto de Egresos, todos del Estado de México.

Reporte/Escarlata
Tultitlán, Edoméx.- 2 de mayo del 2019- A fin de incorporar sistemas preventivos como la alerta sísmica, volcánica, meteorológica, sanitaria, antropogénica, que permitan proteger a los mexiquenses y reducir la pérdida de vidas ante la presencia de un desastre natural o antropogénico, la 60 Legislatura mexiquense aprobó la creación del Sistema Múltiple de Alertas Tempranas y Emergencias del Estado de México.

En sesión realizada en el Centro Ceremonial Otomí, en Temoaya, el diputado Max Correa Hernández, presidente de la Comisión Legislativa de Protección Civil, dio lectura al dictamen que integra su propuesta para crear este sistema múltiple, así como la iniciativa del diputado José Alberto Couttolenc Buentello, coordinador parlamentario del PVEM, quien propuso crear un sistema de alerta sísmica para la entidad.
De acuerdo con los resolutivos, el sistema se conformará por las múltiples alertas tempranas nuevas o que se generen del conocimiento técnico-científico, las existentes y operando, como el sistema de alerta sísmica, volcánica, meteorológica, químico-tecnológica, y otras de jurisdicción federal y estatal que serán coordinadas para efectos de alertamiento por la Secretaría General de Gobierno a través de la dependencia estatal que designe y en coordinación con las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil. Establecen como competencia exclusiva de la autoridad estatal emitir Alertas Tempranas y de Emergencias a la población mexiquense.
Las alertas que constituyan el sistema deberán proveer información clara y oportuna que cumplan su cometido de salvar vidas con base en el conocimiento previo del riesgo para el cual se hará el alertamiento. La Secretaría General de Gobierno deberá disponer del canal de difusión y comunicación para diseminar las alertas a la población en riesgo, los protocolos que se emplearán para la diseminación y los planes operativos para el alertamiento.
El gobierno estatal instalará, por sí, o a través de personas físicas o morales validadas por la Secretaría General de Gobierno a través de la Coordinación General de Protección Civil y en coordinación con las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil, Sistemas de Alertamiento Temprano incluidos al Sistema de Alerta Sísmica Mexicano, debiendo hacerlo en puntos estratégicos y de afluencia masiva de personas, con el fin de prevenir a la población en caso de un sismo.
Además, todos los inmuebles de los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo deberán contar con un equipo de alertamiento temprano audible y visible, que reciba de manera inicial la señal oficial de la Alerta Sísmica, mientras que las escuelas, hospitales, empresas, industrias, centros religiosos, establecimientos mercantiles o de servicios con concentración masiva de personas, unidades multifamiliares, condominios y todos aquellos generadores de mediano y alto riesgo, deberán instalar un equipo de alertamiento temprano que reciba entre otras, la señal oficial de la alerta sísmica.
La Secretaría General de Gobierno, en coordinación con los ayuntamientos, deberá supervisar que las edificaciones cuyo funcionamiento es esencial a raíz de una emergencia urbana, como hospitales, terminales de transporte, estaciones de bomberos y policía, de telecomunicaciones, y depósitos de sustancias flamables, cuenten con un equipo de alertamiento temprano que reciba la señal oficial de la alerta sísmica.
El documento prevé multas y sanciones a quien inicie operaciones generadoras de mediano y alto riesgo y no cuente con equipo de alertamiento temprano que reciba la señal oficial de la alerta sísmica, así como a quien incumpla lo establecido para los inmuebles de los poderes estatales.
También incluye reformas al Presupuesto de Egresos de este año para la implementación total o parcial del Sistema Múltiple de Alertas Tempranas y Emergencias del Estado de México, con recursos derivados del Fondo Estatal para la Atención de Desastres y Siniestros Ambientales o Antropogénicos,
Considera que cada ente público estatal o municipal, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, deberán prever en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal, los recursos financieros para garantizar la instalación, operación y mantenimiento de los equipos de Alertamiento Temprano con los que deben contar.
El legislador Max Correa reconoció que durante el análisis de las iniciativas se contó con la presencia de servidores públicos de la Coordinación Estatal de Protección Civil, con especialistas en Gestión Integral de Riesgos de Desastre, representantes de la Organización de las Naciones Unidas, y personal del Centro de Instrumentación y Registro Sísmico, quienes coadyuvaron en el desarrollo de los trabajos de estudio de las iniciativas en Comisiones y aportaron mayores elementos de información.
La creación del sistema significó reformas al Código Administrativo, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el Presupuesto de Egresos, todos del Estado de México.


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