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Propone el GPPRD reformas para garantizar el respeto al interés superior de la niñez


  • Esta iniciativa busca establecer que debe prevalecer su interés superior en los casos de alimentos, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias.

Reporte/Escarlata
Toluca, Edoméx.- 13 de septiembre del 2019- A fin de acabar con lo que hasta hoy se ha considerado “facultad discrecional o potestativa de la autoridad judicial” en asuntos en los que se ven involucrados derechos de menores, de aquellos que por situaciones especiales están sujetos a la actuación de sus tutores y de quienes por condiciones fuera de su alcance es necesario concederles una resolución particular, y para establecer que debe prevalecer su interés superior en los casos de alimentos, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias, el Grupo Parlamentario del PRD presentó a la 60 Legislatura una iniciativa de reforma a diversas disposiciones de los códigos Civil y de Procedimientos Civiles.

La diputada Araceli Casasola Salazar explicó que se trata de lograr que en estos casos los jueces familiares y, en general de todas las materias legales y los tribunales de apelación, estén obligados a realizar las gestiones necesarias para salvaguardar y hacer efectivo, en todos los ámbitos, el principio, de rango constitucional, del interés superior de niñas, niños, adolescentes y mayores de edad sujetos a tutela.
Busca además garantizarles un pleno y normal desarrollo y asegurar su derecho a recibir alimentos, educación y atención de salud, entre otros tantos, “con el claro propósito de contrarrestar y evitar prácticas contrarias a derecho y argucias legales de profesionistas en derecho que aprovechan vacíos legales, indiferencia, apatía, falta de visión y compromiso, y en muchas ocasiones impericia de la autoridad judicial, para evitar que los padres, cuya obligación es salvaguardar, proteger, defender y garantizar los derechos de este grupo vulnerable, obtengan una resolución que les favorezca aunque lacere gravemente los derechos de los menores”.
Conforme al texto, remitido para su dictamen a las comisiones legislativas de Procuración y Administración de Justicia, de la Familia y Desarrollo Humano y de Protección a Grupos Vulnerables, se plantea que “en todos los asuntos de su competencia en los que se involucren derechos e intereses de menores o personas mayores de edad sujetos a tutela, es obligación de las autoridades judiciales tomar decisiones y realizar actuaciones privilegiando su interés superior, mayor protección y mayor beneficio, a fin de garantizar de manera plena sus derechos”.
Propone complementariamente que la inobservancia de estos preceptos es causa de responsabilidad de las autoridades judiciales en los términos que precisen las leyes y ordenamientos al respecto.


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