- Los familiares de víctimas fallecidas por Covid podrán solicitar a partir del 2 de diciembre el apoyo gubernamental a través del portal digital deudoscovid.gob.mx. o en las oficinas del DIF.
Reporte Escarlata
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México.- 2 de diciembre del 2020- Con la finalidad de ayudar a los familiares de personas fallecidas por covid-19, a partir del 2 de diciembre podrán solicitar una apoyo gubernamental para los gastos funerarios, así lo informó el director del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo, informó que los deudos de víctimas de covid recibirían 11 mil 460 pesos.
Después
de la solicitud, se tendrá un lapso de una semana para generar el pago. “Si hubiera
algún otro familiar solicitando el apoyo, entonces se dirimen las controversias
a partir de lo que establecen los propios lineamientos”, explicó Robledo en la
conferencia presidencial de Palacio Nacional.
“Se
trata de un apoyo universal al margen de si cuentan o no con seguridad social”,
subrayó el funcionario. Para acceder al recurso, los solicitantes deben
ingresar a la plataforma digital: deudoscovid.gob.mx.
Los
apoyos están destinados para las personas que han perdido un familiar por Covid
entre el 18 de marzo de 2020 -fecha en que se registró el primer deceso oficial
en México- y hasta la publicación de la declaración oficial del fin de la
emergencia sanitaria.
Los
solicitantes tienen hasta un año para solicitar el apoyo, a partir de la
defunción de su familiar.
*REQUISITOS*
Las
personas solicitantes deben contar con el acta de defunción que indique que la
causa de deceso es por la enfermedad covid-19. También, acreditar con
documentos oficiales su parentesco con la persona finada.
En
la plataforma electrónica deudoscovid.gob.mx se ingresarían los datos de la
CURP de la persona fallecida y se adjuntará el acta de defunción.
Se
deben registrar los datos de la persona solicitante: CURP y los datos
generales; así como adjuntar una identificación oficial y el documento que
acredite el parentesco.
Zoé
Robledo informó que el apoyo se otorgará mediante transferencia bancaria en
caso de que la persona cuente con una cuenta a su nombre.
Si
la persona tiene acceso a internet, pero no tiene una cuenta bancaria a su
nombre, se puede realizar la solicitud a través de la plataforma digital, se
genera un folio y una orden para poder cobrar el pago en la ventanilla de
un banco.
«No
se tienen que comprobar estos gastos funerarios, es simplemente bajo protesta
de decir verdad», añadió Robledo.
Aquellas
personas que no tengan internet pueden acudir a las oficinas del DIF donde
podrán realizar el trámite. Y si la persona solicitante no tiene los documentos
requeridos, también puede acudir a las oficinas del DIF para solicitar apoyo.
La
plataforma comenzará a recibir solicitudes a partir del 2 de diciembre. Para
dudas, es posible escribir al correo electrónico apoyosdeudoscovid@dif.gob.mx.
“DIF”… DEPENDENCIA ENCARGADA
Los
recursos, informó el funcionario, fueron definidos en la Junta de Gobierno del
DIF a principios de 2019 para gastos de asistencia social para 2020.
Los
recursos serán entregados por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral
de la Familia. En el decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de este año permite
usar los recursos de asistencia social para atender necesidades derivadas de la
pandemia.
Zoé
Robledo informó que los lineamientos para este apoyo fueron aprobados en la
Junta del Gobierno del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la
Familia, el DIF. Se trata, -dijo- de un trabajo interinstitucional, con la
participación del DIF, la Secretaría de Salud, la SEDENA, la SEMAR, el ISSSTE,
el IMSS, Pemex, RENAPO e INSABI.
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