- La Legisladora local propuso la obligación para que motociclistas porten en su casco, chaleco o chamarra el número de placa de su vehículo, entre otras medidas.
- El incumplimiento de estas disposiciones ameritaría sanciones de hasta 9 mil 50 pesos y remisión de la unidad al corralón.
El Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 20 de Octubre del 2025.- Tras lamentar que en 2024 se registraron 549 fallecimientos y 5 mil 821 lesiones por siniestros que involucraron motocicletas, y que estos vehículos se han convertido en instrumento para la comisión de delitos, la diputada Yesica Yanet Rojas Hernández del Grupo Parlamentario MORENA, propuso que el casco, cuya portación ya es obligatoria, registre en la parte posterior el número de placa en caracteres indelebles y de alto contraste, y que sea forzoso el uso de chaleco o chaqueta resistente, con al menos 20% de material reflejante y el número de placa visible al frente y en la espalda.
La iniciativa de reforma a la Ley de
Movilidad y el Código Administrativo, ambos estatales, que contempla sanciones
de hasta 9 mil 50 pesos y remisión de la unidad al corralón por incumplimiento,
también establece que sólo se permitirá un acompañante cuando la motocicleta
cuente con asiento, estribos y asideras diseñados para tal fin, pero quedaría
prohibido transportar menores de 12 años o personas colocadas entre el
conductor y el manubrio.
El proyecto legislativo también
incorpora a la micromovilidad eléctrica
en la legislación, definida como los biciclos, monopatines y dispositivos de
movilidad personal con asistencia eléctrica, cuya regulación contempla que no podrán circular por vías primarias,
de acceso controlado o con límite mayor a 50 kilómetros por hora, además de que
deberán usar ciclovías o, en su ausencia, el carril derecho con velocidad
máxima de 25 kilómetros por hora.
Respecto a las sanciones, en caso de
conducir motocicletas sin placa visible en casco y chaleco, se impondrán de 20
a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, de 2 mil 262 a 4 mil
525 pesos, y la unidad será remitida al corralón hasta que se acredite el
cumplimiento; si se transporta a más de un acompañante o se carece de equipo
adecuado, la multa será del rango de 15 a 30 UMA, lo que equivale a un
parámetro que va de los mil 697 a los 3 mil 394 pesos.
La reincidencia en un año se sancionará
con el doble de la multa y la suspensión de la licencia por 30 días. En tanto,
circular bicicletas o monopatines eléctricos en vías restringidas ameritará 10
UMA (mil 131 pesos) y el retiro del vehículo.
La parlamentaria expuso que Colombia y
Brasil, tras exigir placas visibles en casco y chaleco, redujeron los robos en
motocicleta en un 18%.
En Bogotá, -precisó- la combinación de
chalecos reflejantes y la limitación a un solo acompañante dotado de asiento y
estribos disminuyó la letalidad en 22%, por lo que estas acciones conjugan
prevención del delito y seguridad vial.
En este sentido, subrayó que no se
pretende estigmatizar ni criminalizar a quienes eligen la motocicleta como
medio de transporte o de trabajo; al contrario, -aclaró- se busca otorgarles
mayor visibilidad, certeza jurídica y protección, concluyó diciendo la
Legisladora.
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