- La Comisión determinó que tres servidores públicos vinculados al caso fueron omisos al mostrar desinterés e inobservancia a la debida diligencia, además de no ofrecer atención psicológica oportuna y propiciar dilación en su deber de investigar.
Toluca, Edoméx.- 4 de mayo del 2016-
Por la inadecuada
actuación de servidores públicos, que conllevó a violentar el derecho de acceso
a la justicia de una víctima de abuso sexual, la Comisión de Derechos Humanos
del Estado de México emitió la recomendación 07/2016 al Procurador General de
Justicia estatal.
La Comisión determinó que tres servidores públicos vinculados al caso
fueron omisos al mostrar desinterés e inobservancia a la debida diligencia,
además de no ofrecer atención psicológica oportuna y propiciar dilación en su
deber de investigar. En ese sentido, la menor afectada sufrió victimización
institucional.
En el caso de la denuncia hecha por la madre de la niña, el ministerio
público demeritó su función encomendada al no actuar de manera diligente, aún cuando
por su condición, la agraviada requería atención especializada en materia
jurídica, médica y psicológica de urgencia.
Asimismo, el representante social estaba obligado a investigar la verdad
histórica de los hechos; sin embargo, sólo procedió a ordenar y anexar al
expediente la certificación médica, y no llevó a cabo las diligencias
inmediatas y necesarias para identificar al responsable, para demandar la
sanción penal correspondiente.
En la investigación de la CODHEM, se encontró que otra servidora pública
con conocimiento del caso, no brindó una adecuada atención a la víctima y
propició la integración deficiente del documento de investigación, pues hizo la
primera diligencia 14 días después de iniciada la carpeta.
Dentro de los elementos adversos en que incurrió la representación
social para garantizar el derecho a la justicia, está que aún cuando solicitó
una impresión psicológica a la especialista de la dependencia estatal, pidió a
la madre de la afectada que recabara y entregara los resultados del estudio.
Fueron cinco meses después de tener conocimiento del hecho delictuoso,
en el que por cierto no se realizó diligencia alguna para esclarecer la
identidad del agresor; que se entregó el resultado del estudio y a pesar
de que reveló que la víctima presentaba síntomas por haber sufrido violencia
sexual, no se le otorgaron las medidas de protección respectivas.
Entre los puntos recomendatorios de la CODHEM destaca implementar
medidas para combatir las prácticas administrativas inadecuadas de los
servidores públicos de la procuraduría estatal y evitar la victimización
secundaria; otorgar atención médica, psicológica especializada y psicosocial
así como a sus familiares; y como medida de no repetición, capacitar en materia
de derechos humanos al personal del ministerio público de Chimalhuacán y
Nezahualcóyotl.
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