- Se incrementarán las penas cuando se trate de la difusión de material de víctimas mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad.
Reporte Escarlata
Toluca, Edoméx- 3 de Diciembre del 2023.- Por instrucción de la Maestra Delfina Gómez Álvarez, Gobernadora del Estado de México, para evitar revictimizar y erradicar la normalización de la violencia, en la entidad se delinean acciones transversales que garantizan el respeto a los Derechos Humanos de víctimas y ofendidos del delito.
Las iniciativas conocidas como “Ley
Ingrid” y “Ley Ocaña” buscan evitar el menoscabo de la dignidad, el honor y la
intimidad de las víctimas y sus seres queridos.
Cabe recordar en los casos que dan
nombre a esta ley, uno ocurrido en la Ciudad de México y otro en nuestra
entidad, filtraron imágenes que revictimizaban a los ofendidos y sus familias,
por lo que el Ejecutivo estatal, encabezado por la Maestra Delfina Gómez
Álvarez, celebró que este decreto tenga como objetivo principal frenar estas
acciones.
Con su aplicación el Estado de México,
el Poder Judicial sancionará de manera ejemplar y evitará las filtraciones, y
la exposición masiva ante los medios de comunicación y redes sociales de este
material. Lo anterior busca preserva la dignidad de las víctimas y sus
familiares, y contribuye a disminuir el impacto que sufren las víctimas.
El Decreto número 215, aprobado por la
LXI Legislatura del Estado de México el 24 de octubre de 2023, contempla
sanciones de cuatro a ocho años de prisión y multa de 500 a mil veces el valor
diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como la reparación integral
del daño.
También considera penas cuando en la
comisión de este delito participen servidores públicos inherentes a la cadena
de justicia, que por su empleo, cargo o comisión tuvieran acceso a dicha
información.
“Cuando en la comisión de este delito
participen servidores públicos de Salud, Protección Civil, Seguridad Pública,
Procuración y Administración de Justicia, o cualquier otro inherente a la cadena
de justicia, que por su empleo, cargo o comisión tengan acceso a la información
y documentos relacionados con objetos, indicios, evidencias, hallazgos o
instrumentos vinculados a un procedimiento penal o a una investigación
relacionada con un hecho delictivo, se le impondrá de tres a siete años de
prisión y multa de trescientas a ochocientas veces el valor diario de la Unidad
de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito”, precisa el
decreto.
Cuando se trate de la difusión de
material de víctimas mujeres, niñas, niños, adolescentes o persona en situación
de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta en una mitad más de la que le
corresponda.
Estas acciones son reflejo del trabajo
coordinado entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y precede de la
acción de inconstitucionalidad 136/2021 en la que se declaró la invalidez del
artículo 227 Bis del Código Penal del Estado de México, ya que, por su
taxatividad, no era clara y precisa y posibilitaba que cualquier persona actualizara
la conducta y fuera sancionada.
Cabe recordar que el decreto deriva de
las iniciativas presentadas por las Diputadas María Luisa Mendoza Mondragón y
Claudia Desiree Morales Robledo, integrantes del Grupo Parlamentario del
Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y la Diputada Luz Ma. Hernández
Bermúdez, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA.
El Poder de Servir impulsa una
política de cero tolerancia a actos de corrupción o de actos que vayan en
contra de los principios éticos que rigen el actuar de las personas servidoras
públicas y refrenda su compromiso de construir un marco jurídico que permita a
las familias construir proyectos con bienestar.
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