- Aprobó reformas para precisar el alcance de los reglamentos internos; los derechos en el uso de áreas comunes, las cuotas y la posibilidad de contar con animales de compañía.
Reporte Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 10 de Abril del 2024.- Generar conciencia entre residentes de conjuntos habitacionales o condóminos sobre la importancia de conocer el reglamento interior, entendido como el instrumento que regula el uso de áreas comunes y establece las bases para la sana convivencia, son propósitos de las reformas a la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de la entidad aprobada por el Congreso por unanimidad de votos.
En sesión deliberante, al recordarse que seis
de cada 10 mexiquenses residen en un conjunto tipo condominio, la legisladora
proponente explicó que la reforma establece a quién le corresponde la
elaboración del Reglamento Interior, así como los derechos y obligaciones de
sus residentes sobre el uso de áreas y bienes de uso común, así como las
limitaciones para el ejercicio de tales derechos.
De acuerdo con el dictamen, la reforma
contribuye a la seguridad jurídica y otorga claridad y precisión a la norma
esencial del reglamento interno del condominio, pero sobre todo a la
convivencia armónica y, al establecer en la ley la normativa básica de este
reglamento se evita la diversidad interpretativa y confusiones para
contrarrestar conflictos entre condóminos, pues las disposiciones puntuales
facilitan la conformación del reglamento interno de cada condominio, su
aplicación y observancia, y permiten una mejor administración, disminuyendo
abusos y decisiones al margen de la ley.
Además, concurre al perfeccionamiento de las
normas de convivencia interna, se atienden necesidades esenciales de seguridad
jurídica y da legalidad a la convivencia condominal, además de que sobresale la
precisión de los elementos mínimos que debe contener el reglamento.
Entre estos, los derechos y obligaciones de
los condóminos referidos para las áreas y bienes de uso común, así como las
limitaciones en el ejercicio de dichos derechos; las bases para determinar las
contribuciones que por cuotas deben ser aportadas por condóminos y residentes,
las cuales servirán para conformar los fondos de mantenimiento, administración
y de reserva; las medidas convenientes para la mejor administración,
mantenimiento y operación del condominio, y establecer la posibilidad tener
animales de compañía bajo los lineamientos que determinen las y los residentes.
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