- La pena máxima aplicaría en caso de conducir transporte público o escolar; las y los conductores particulares recibirían hasta tres años de prisión.
Reporte Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx.- 16 de Marzo del 2022- De tres a cinco años de prisión y la suspensión hasta de dos años de la licencia o permiso a quienes conduzcan vehículos de transporte público de carga o de pasajeros, de servicio oficial, o de personal o escolar en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas, enervantes u otras sustancias que produzcan efectos similares, propuso la diputada María del Rosario Elizalde Vázquez.
Mientras que para las y los conductores de automóviles
particulares el castigo sería de hasta tres años de cárcel y suspensión de la
licencia para conducir por un año, además de que en ambos supuestos se
aplicarán las sanciones, independientemente de las penas que se impongan en
caso de causar daño en los bienes, lesiones o la muerte.
Al citar que diariamente hay 12 víctimas de accidentes de tránsito
en el Estado de México, la legisladora indicó que su iniciativa de reformas a
los códigos Penal y Administrativo plantea que las personas que muestren
síntomas de conducir en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas
enervantes sean presentadas ante el Ministerio Público, quien conocerá de la
posible comisión del delito y ordenará la certificación médica para determinar
el grado de alcoholemia del conductor, lo que evitará que se siga triangulando
en el trámite correspondiente.
La iniciativa será analizada por la Comisión de Procuración y
Administración de Justicia.
Durante la sesión, la Asamblea plenaria otorgó licencia temporal a Max Agustín Correa Hernández, para separarse del cargo de diputado del 15 de marzo 10 de abril.
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