- Aprueba Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático sanciones de hasta 339 mil 420 pesos a quien otorgue gratuitamente productos plásticos de un solo uso en comercios.
Reporte Escarlata
Cámara de Diputados, Edoméx- 11 de Febrero del 2025.- La Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático, de la LXII Legislatura mexiquense, aprobó establecer sanciones de hasta 339 mil 420 pesos a quien otorgue, de forma gratuita, productos plásticos de un solo uso en unidades económicas, excluyendo bolsas o contenedores que constituyan un empaque primario, que prevengan el desperdicio de bienes o que por cuestiones de higiene o salud se requieran, así como bolsas de acarreo que cumplan con las disposiciones jurídicas aplicables.
Las reformas definen a los plásticos de un
solo uso como plásticos diseñados para ser usados por una sola vez, que no
están sujetos a un plan de manejo obligatorio y que no son reutilizables,
reciclables, compostables, ni son susceptibles de valorización o
aprovechamiento, los cuales serán determinados con sus características de
conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
Las reformas también prohíben el uso de estos
plásticos que no sean biodegradables o reutilizables en oficinas públicas, así
como en instituciones educativas públicas y privadas.
Añaden que los programas de educación formal
e informal que desarrollen o fomenten los centros o instituciones educativas de
jurisdicción del Estado deberán generar consciencia sobre el impacto ambiental
que conlleva el consumo y manejo inadecuado de plásticos de un solo uso, así
como incentivar el uso de empaques biodegradables, reciclables, reutilizables y
en general para crear una cultura en torno de los residuos.
Se puntualiza que los ayuntamientos
realizarán las adecuaciones normativas en sus bandos municipales y reglamentos
para instrumentar mecanismos de inspección y vigilancia correspondientes, así
como sustituir gradualmente plásticos de un solo uso que se utilicen en las
oficinas públicas y no sean biodegradables.
Finalmente, indica que la Secretaría del
Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible deberá establecer las acciones y medidas
para la sustitución gradual de plásticos de un solo uso que se utilicen en las
oficinas de la administración pública estatal y no sean biodegradables y de manera
enunciativa, mas no limitativa, señalará los productos susceptibles de
sustitución.
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